ORDENANZA Nº 1337
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICASE el recorrido de la línea N°1 del transporte urbano de pasajeros, establecido por Ordenanza N°1281, el cual quedara establecido de la siguiente manera:
SALE de El Maestro y calle sin nombre (B° centenario), por el Maestro; hasta Monteagudo; por esta hasta Avda. España, Avda. España-Berón de Astrada hasta Av. Laprida; por esta hasta 16 de noviembre; por esta hasta Pte. Perón: por esta hasta acceso Cementerio cruzando Avda. Almirante Portillo: por calle acceso Cementerio hasta acceso Cementerio.-
SALE: Ingreso Cementerio hasta Avda. Almirante Portillo, por esta hasta Pte. Perón; por esta hasta 16 de noviembre; por esa hasta Soldado Meza; Por esta hasta Rucci; de Rucci hasta Uruguay; por esta hasta Dean Funes; por esta hasta Juanita Barrientos, desde Juanita Barrientos por Dean Funes hasta Uruguay, por esta hasta Rucci, por esta hasta Serradori, por esta hasta 16 de noviembre. Por esta hasta Avda. Laprida, por esta hasta Berón de Astrada, por esta hasta Ejercito Argentino (Parque Mitre), por Ejercito Argentino hasta Lonardi; por esta hasta Avda. Mitre; por esta hasta Duarte Ardoy; por esta hasta Caá Guazú; por esta hasta Bompland; por Bompland – Alberdi hasta El Maestro, por esta calle sin nombre (B° Centenario).-
Art.2º.- ADJUDICASE en forma directa la Línea N° 2 del transporte urbano de pasajeros a la empresa del Sr. Gabriel Evaristo Grachot, D. N. I. N° 5.707.180.-
Art.3º.- TENGASE por recorrido mínimo para la Línea de transporte de colectivo urbano de pasajeros N° 2, el siguiente:
SALE: desde El Fortín desde acceso sur Por Moreno – Alberdi hasta Francisco Podestá, Por Francisco Podestá hasta Gdor. Gómez; por Gdor. Gómez hasta Irastorza; por Irastorza hasta Belgrano; por Belgrano hasta Berón de Astrada, por Berón de Astrada hasta R. Perazzo; por esta hasta Don Bosco; por esta hasta Sarmiento; por esta hasta Dean Funes; por esta hasta Río Paraná; por esta hasta Río Aguapey; por esta hasta Serradori, por esta hasta Isabel La Católica, por esta hasta calle sin nombre (B. H.); por esta hasta Avda. Almirante Portillo, por esta hasta Sorribes; por esta hasta acceso Cementerio, por esta hasta ingreso Cementerio.-
SALE: de ingreso Cementerio por esta hasta Avda. Almirante Portillo; por esta hasta calle sin nombre; por esta hasta Isabel La Católica; por esta hasta Pte. Perón; por esta hasta Rucci; por esta hasta Serradori, por esta hasta Río Aguapey; por esta hasta río Paraná; por esta hasta Dean Funes, por esta hasta Sarmiento; por esta hasta Don Bosco; por esta hasta Posadas, por esta hasta Castillo; por esta hasta Dr. Pozzi; por esta hasta Podestá; por esta hasta Rivadavia, por esta hasta Caá Guazú; por esta hasta Bompland y por Bompland – Alberdi hasta acceso sur El Fortín.-
Art.4º.- LA ADJUDICACIÓN directa de la Línea N° 2 establecida en el artículo 2° de la presente no deja de lado el estricto cumplimiento de las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones elaborado en su oportunidad y marco regulatorio para la prestación del servicio determinado por Ordenanza N° 1.292 y 1.302 y exceptuándose el plazo del Art. 20 Ord. 1.292.-
Art.5º.- EL PLAZO de la concesión será de 8 años, con opción a prorrogarlo por dos años más; previo acuerdo de ambas partes, antes de su finalización a los efectos de otorgar nuevamente dicha prestación.-
Art.6º.- LA IMPLEMENTACIÓN de la Línea N° 2 comenzará a regir a partir de los 90 días de sancionada la presente
Ordenanza; lapso en el cual se firmarán los pertinentes Contratos de Concesión de acuerdo al marco regulatorio.-
Art. 7°.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Abril 19 de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-