ORDENANZA Nº 1343
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º. - MODIFICAR el art. 1° de la ordenanza N° 1212 que dirá lo siguiente:
“construir los llamados lomos de burro, con el fin de evitar el exceso de velocidad de toda clase de vehículos.”
MODIFICAR el art. 2°, reemplazando la palabra serrucho por “lomo de burro” y se agregara uno más de los 6 indicados en la Avenida Republica Oriental del Uruguay frente a la entrada del Hospital Militar. Dividido en dos partes, cada medio lomo de burro en un lado de la avenida, siempre siguiendo la mano de salida y entrada de la ciudad”.
“el 4° será el N°5°”
“el 5° será el N°6°”
“el 6° será el N°7°”
Art.2º.- LOS gastos que demanden las modificaciones de la ordenanza n° 1212, serán imputados a la partida N° 2.3.2.7 OBRAS VARIAS del presupuesto del D.E en vigencia.
En Anexo I va presupuesto de la obra.-
Art.3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Mayo 9 de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-