Anexos:
Esta ordenanza no posee anexos.
ORDENANZA Nº 1348
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- EL D.E deberá informar mensualmente a este H.C.D lo siguiente:
- MOVIMIENTO de altas y bajas habidas en el personal, cualquiera sea modalidad (planta permanente, contratados, jornalizados, personal temporario etc.) donde la municipalidad de Curuzú Cuatiá locadora en los contratos de locación de servicios.-
- B) LISTA de infracciones a normas vigentes de transito y bromatológicas.-
- C) LISTA de infracciones cobradas consignando el nombre y apellido y documento del infractor e importe correspondiente o sanción aplicada.-
Art. 2º. – DICHO informe presentarse dentro de los primeros diez dias habiles del mes siguiente al que se trate.-
Art. 3º. - DEROGUESE la ordenanza Nª 831/91
Art.4º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Mayo 23 de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-