Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1365

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Art.1º.- MODIFICASE  el art. 3º de la Ordenanza Nº 528 el que quedara redactado de la siguiente manera: “ en las calles de mano única, el estacionamiento vehicular será a la derecha del conductor y en las de doble circulación sobre las aceras de números pares, exceptuándose:

  1. Las calles orientadas de sur a norte cuyo estacionamiento será a la izquierda del conductor.
  2. Berón de Astrada cuando tenga doble circulación y avda. España que será a la derecha del conductor.
  3. Avda. R.O. del Uruguay y Mitre en el centro de la calzada.
  4. Irastorza entre Rodríguez Peña y Sarmiento que será sobre el límite sur de la plaza Gral. Paz a 45º en el sitio previsto.
  5. Sarmiento entre Irastorza y don Bosco que será sobre el limite oeste de la plaza Gral. paz 45º en el sitio previsto.-

 

           Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

SALA DE SESIONES DEL HCD.  15 de agosto de 1996.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-