ORDENANZA Nº 1365
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICASE el art. 3º de la Ordenanza Nº 528 el que quedara redactado de la siguiente manera: “ en las calles de mano única, el estacionamiento vehicular será a la derecha del conductor y en las de doble circulación sobre las aceras de números pares, exceptuándose:
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 15 de agosto de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-