Anexos:
Esta ordenanza no posee anexos.
ORDENANZA Nº 1365
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICASE el art. 3º de la Ordenanza Nº 528 el que quedara redactado de la siguiente manera: “ en las calles de mano única, el estacionamiento vehicular será a la derecha del conductor y en las de doble circulación sobre las aceras de números pares, exceptuándose:
- Las calles orientadas de sur a norte cuyo estacionamiento será a la izquierda del conductor.
- Berón de Astrada cuando tenga doble circulación y avda. España que será a la derecha del conductor.
- Avda. R.O. del Uruguay y Mitre en el centro de la calzada.
- Irastorza entre Rodríguez Peña y Sarmiento que será sobre el límite sur de la plaza Gral. Paz a 45º en el sitio previsto.
- Sarmiento entre Irastorza y don Bosco que será sobre el limite oeste de la plaza Gral. paz 45º en el sitio previsto.-
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 15 de agosto de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-