ORDENANZA Nº 1366
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- FIJANSE las respectivas jurisdicciones territoriales, entre las Municipalidades de Curuzú Cuatia y Perugorria (departamento de Curuzú Cuatia), de acuerdo a las siguientes fracciones censales, plano de la dirección de planeamiento del ministerio de Obras y Servicios públicos y Registro Grafico Catastral de la Dirección de Catastro de la provincia, de la siguiente manera:
Conforme a los planos letra “E” y Nº del 01 al 16 de la dirección del Planeamiento del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y Registro Grafico Catastral de la Dirección de Catastro, ambos de la Provincia. La jurisdicción fijada comprende las fracciones censales F: 15-16-17 del Departamento según el censo de población y viviendade 1991, de acuerdo al plano de la dirección de estadística y censo de la subsecretaria de planeamiento, dependiente de la secretaria general de la Gobernación. Esta Municipalidad tiene por limites: al NOROESTE: Arroyo Cuenca, Villanueva y Molle Oriental hasta las vías del FF.CC Gral. Urquiza que lo separan del departamento de Mercedes. Al ESTE: vías del ferrocarril Gral. Urquiza hasta las nacientes del arroyo María Chica. Al SUR: arroyo María Chica, desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Arroyo María Grande, continúa por este hasta su desembocadura en el Rio Corriente. Al NOROESTE: Rio Corriente que lo separa de los departamentos de Goya y Lavalle hasta su confluencia con el arroyo cuenca.-
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 15 de Agosto de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-