ORDENANZA Nº 1.386
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- ACEPTASE la donación a la Municipalidad de Curuzú por parte del Instituto Nuestra Señora del Rosario “Colegio San Rafael I-5”, de todos los materiales necesarios y suficientes con destino a la construcción de dos reductores de velocidad, denominados “lomo de burro” según presupuesto que forma parte de la presente.-
Art. 2º.- LA UBICACIÓN de los “lomos de burro” citados en el art. 1º, serán colocados en la calle Don Bosco, uno al 1400 entre las calles Las Heras y Rafael Perazzo y el otro en la misma calle al 1.300 entre las calles Rafael perazzo y Posadas, a una distancia entre ambos de 90 metros lineales aproximadamente, por ser una calle pavimentada y de doble mano.-
Art.3º LA ALTURA máxima de los reductores de la presente Ordenanza, no podrán sobrepasar los 12 cm. Debiéndose colocar los carteles indicadores correspondientes.-
Art.4º.- LA DIRECCION profesional de la colocación de los reductores de velocidad, descriptos en los artículos anteriores, como así también la mano de obra a utilizar estarán a cargo de la secretaria de planeamiento y Obras de esta Municipalidad.-
Art. 5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Noviembre 21 de 1996.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-