Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.386

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.- ACEPTASE  la donación a la Municipalidad de Curuzú por parte del Instituto Nuestra Señora del Rosario “Colegio San Rafael I-5”, de todos los materiales necesarios y suficientes con destino a la construcción de dos reductores de velocidad, denominados “lomo de burro” según presupuesto que forma parte de la presente.-

 

Art. 2º.- LA UBICACIÓN de los “lomos de burro” citados en el art. 1º, serán colocados en la calle Don Bosco, uno al 1400 entre las calles Las Heras y Rafael Perazzo y el otro en la misma calle al 1.300 entre las calles Rafael perazzo y Posadas, a una distancia entre ambos de 90 metros lineales aproximadamente, por ser una calle pavimentada y de doble mano.-

 

Art.3º  LA ALTURA máxima de los reductores de la presente Ordenanza, no podrán sobrepasar los 12 cm. Debiéndose colocar los carteles indicadores correspondientes.-

 

Art.4º.- LA DIRECCION profesional de la colocación de los reductores de velocidad, descriptos en los artículos anteriores, como así también la mano de obra a utilizar estarán a cargo de la secretaria de planeamiento y Obras de esta Municipalidad.-

 

Art. 5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD. Noviembre 21 de 1996.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-