Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1.401

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Art. 1º.- FIJASE  el importe mínimo de cada anticipo y cuota del impuesto a los Automotores y Otros Rodados e Impuestos Inmobiliarios Urbano y Subrural en pesos veinte ($20,00.-) por cada uno y cada tributo, para el año 1997.-

 

Art. 2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

            

              SALA DE SESIONES DEL HCD. Diciembre 12 de 1.996.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-