ORDENANZA Nº 1450
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- OTORGAR un subsidio Alimentario mensual, a cada una de las personas, cuya nomina figura como anexo I de la presente Ordenanza.-
Art.2º.- EL MONTO de los subsidios otorgaos por el Art. 1° será de PESOS TREINTA (430,00.-) tendrá vigencia a partir del 1° de junio de 1997, hasta el mes de Diciembre de 1997 inclusive, y se pagara por mes vencido del 1° al 10| de cada mes.-
Art.3°.- LOS GASTOS que demandan el cumplimiento de la presente ordenanza, serán imputados a la partida 7601- Subsidios varios del presupuesto en vigencia del H.C.D.-
Art.4°.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 19 de junio de 1997.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-