Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1492

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º.- CEDER  a la CO.PE.CAR   la totalidad de la explotación de la vía publica, en el predio de la Avda. Mitre entre las calles duarte Ardoy y Lonardi, en que se desarrollaran los corsos 1998, facultándose a la misma a explotarlo comercialmente conforme a la normativa vigente.-

 

Art.2º.- SUSPENDER  la aplicación de la tasa que establece la Ordenanza Tarifaria, en el título VIII Derecho de ocupación de la vía publica y capítulo IV, art. 23 de la Ordenanza Nº 113, referido a la colocación de mesas y sillas en la vía publica durante el tiempo de realización de los corsos oficiales 1998, y dentro del predio en que se realicen los mismos.

 

Art.3°.- SUSPENDER  la aplicación de la Ordenanza Nº1327, para habilitaciones comerciales, dentro del predio en que se realizaran los corsos de 1998, desde la promulgación de la presente y hasta el ultimo día de corso oficial 1998.-

 

Art.4º.-  LA CO.PE.CAR deberá contratar un seguro obligatorio contra accidentes y los daños eventuales que pudieran ocasionarse en la realización del espectáculo del carnaval, debiendo dicha póliza cubrir los riesgos atinentes y normales de un espectáculo público.-

 

Art.5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL HCD.   Noviembre 27 de 1997.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-