ORDENANZA Nº 1492
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- CEDER a la CO.PE.CAR la totalidad de la explotación de la vía publica, en el predio de la Avda. Mitre entre las calles duarte Ardoy y Lonardi, en que se desarrollaran los corsos 1998, facultándose a la misma a explotarlo comercialmente conforme a la normativa vigente.-
Art.2º.- SUSPENDER la aplicación de la tasa que establece la Ordenanza Tarifaria, en el título VIII Derecho de ocupación de la vía publica y capítulo IV, art. 23 de la Ordenanza Nº 113, referido a la colocación de mesas y sillas en la vía publica durante el tiempo de realización de los corsos oficiales 1998, y dentro del predio en que se realicen los mismos.
Art.3°.- SUSPENDER la aplicación de la Ordenanza Nº1327, para habilitaciones comerciales, dentro del predio en que se realizaran los corsos de 1998, desde la promulgación de la presente y hasta el ultimo día de corso oficial 1998.-
Art.4º.- LA CO.PE.CAR deberá contratar un seguro obligatorio contra accidentes y los daños eventuales que pudieran ocasionarse en la realización del espectáculo del carnaval, debiendo dicha póliza cubrir los riesgos atinentes y normales de un espectáculo público.-
Art.5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Noviembre 27 de 1997.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-