Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1538

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º.- AUTORIZAR  al departamento Ejecutivo Municipal, a conceder excepciones de las tasas y/o precios públicos correspondientes a SERVICIOS DE DESAGOTE DE POZOS NEGROS Y CAMARAS SEPTICAS –Art.217 y 218 de la ordenanza N° 178 y art. 31 de la Ordenanza tarifaria, a las personas carentes de recursos económicos e instituciones sin fines de lucro que acrediten fehacientemente, hasta el 30 de noviembre de 1998.

 

 

Art.2º.- A LOS EFECTOS de proceder a la exención prevista en el artículo anterior se deberá a cumplir con el siguiente procedimiento:

  1. Las instituciones sin fines de lucro efectuaran la solicitud por escrito con firma de sus autoridades legales.
  2. Las personas de escasos recursos presentaran la solicitud por escrito ante la Secretaria de Salud y Acción Social acompañado el correspondiente certificado de pobreza extendido por autoridad policial competente.-
  3. En caso de urgencia la solicitud prevista en el inciso anterior podrá ser efectuada sin el certificado de pobreza respectivo. En tal caso la Secretaria de Salud y Acción Social deberá avalar dicha solicitud y la exención respectiva quedara sujeta al posterior informe socio-económico  ambiental elaborado por la Asistente Social Municipal.

 

 

Art.3º.-       COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., Abril 23 de 1998.-

 

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-

 

 

Art.4º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

 

SALA DE SESIONES DEL HCD.   Junio 17 de 1999.-

 

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-