ORDENANZA Nº 1611
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- ESTABLECER un REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO hasta el 31 de marzo de 199, el que será improrrogable para los propietarios de viviendas que hayan efectuado construcciones o amplificaciones sin la aprobación por parte de la secretaría de Obras Publicas de los planos de obras correspondientes.-
Art.2º.- LA PRESENTACION espontanea tendrá el beneficio de la condonación de multas, intereses y otros accesorios que correspondan en cada caso, según lo establecido en el CODIGO TRIBUTARIO y ORDENANZA TARIFARIA en vigencia. Se cobraran solamente los importes correspondientes a los metros cuadrados que se declaren, según la categoría de la vivienda y a los valores establecidos en la Ordenanza Tarifaria (961/92).-
Art.3°.- ESTE BENEFICIO se extiende a todos los contribuyentes que hayan presentado planos a la secretaría de Obras Públicas, cuya aprobación este pendiente de pago.-
Art.4°.- ESTABLECESE un plan de pago para el derecho de aprobación de planos, hasta en cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas a partir del día de presentación con vencimiento el día 10 de cada mes.-
Art.5º.-COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Octubre 8 de 1998.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-