Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1615

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Art.1º.- MODIFICASE el inciso e) de art. 4.- de la Ordenanza 1545 el que quedara redactado de la siguiente manera Inc.) EL CREDITO ser otorgado

  1. A sola firma, cuando a criterio de la comisión el beneficiario cuente con solvencia suficiente o un codeudor solidario.-

 

Art.2º.- LA PRESENTE Ordenanza tendrá vigencia a partir de su sanción.-

 

Art.3º.-COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL HCD.   22 de octubre de 1998.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-