ORDENANZA Nº 1617
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- Art 1°- Designase con el nombre de Barrio “Santa Rita” al sector urbano delimitado por calle Chiclana al Norte, extensión de calle Soler al Este, Vías del Ferrocarril Mesopotámico al Sur, y ex Ruta 14. (Modificado por Ordenanza N° 3274-20)
Art.2º.- INCORPORAR a la Ordenanza 1533 el Barrio SANTA RITA con los limites que se fijan en la presente como inciso 31 del Art.1º.-
Art.3º.-COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Octubre 29 de 1998.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-