ORDENANZA Nº 1636
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- AUTORIZAR al D.E.M a gestionar la conciliación total y/o parcial de créditos y deudas con el Estado Provincial, entes descentralizados y autárquicos y empresas del Estado Provincial, en especial con la Dirección Provincial de Energía, de la Provincia de Corrientes, Instituto de Obra Social de Corrientes e Instituto de Previsión Social.-
Art.2º.- PREVIO dictamen favorable de la comisión Consultiva creada por Ordenanza Nº 1604 respecto de la conciliación arribada, se remitirá al H.C.D el o los convenios respectivos para su aprobación definitiva.-
Art.3º.- DISPONER que el D.E.M establezca los sistemas administrativos para mantener actualizadas las deudas que por tributos municipales devenguen los bienes y/o actividades del Estado, sin excepción alguna. Los estados de deuda resultantes deberán ser remitidos periódicamente a los organismos respectivos.-Provincial y Nacional.
TITULO II
REFORMAS Y PLANIFICACION
Art.4º.- DECLARAR de Interés Municipal la realización de un Plan Estratégico de Curuzú Cuatia que contemple las bases y líneas de acción para el desarrollo local en los aspectos sociales, económicos y productivos, incluyendo en dicha planificación los aspectos físicos de la ciudad para determinar las areas de crecimiento poblacional, de radicación industrial y comercial, infraestructura de transporte, corrientes de circulación interna, etc.-
Art.5º.- EL D.E.M y la comisión consultiva (Ordenanza Nº 1604) deberán elaborar un Proyecto Básico de Informatización Municipal en un termino de quince días corridos de la sanción de la presente, el que deberá cumplimentar los siguientes objetivos generales.-
Art.6º.- EL D.E.M y la comisión consultiva elaborara en un plazo de CIENTO VEINTE días corridos a partir de la promulgación de la presente un Proyecto de Reforma del régimen de relaciones laborales vigente en la Municipalidad de Curuzú Cuatia que contemple los siguientes puntos
TITULO III
INVERSIONES
Art.7º.- DECLARAR de interés Municipal y como prioritarios para la Ciudad de Curuzú Cuatia los siguientes proyectos
TITULO IV
DISPOSICIONES GENERALES
Art.8º.- EL D.E.M podrá contratar, bajo las formas previstas en la Carta Orgánica Municipal y la legislación vigente, el asesoramiento adecuado y conveniente para cumplir los objetivos indicados precedentemente.-
Art.9º.- AUTORIZAR la afectación de los fondos provenientes del Programa de Saneamiento Financiero, Reformas y Desarrollo Económico de los Municipios y Comunas de la Republica Argentina del Ministerio del Interior de la Nación (BID AR-0250) para el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo requerir para que dicha afectación sea válida con el acuerdo expreso de la comisión consultiva creada por ordenanza Nº 1604 sin el cual dicho compromiso carecerá de valor alguno y derivara en la responsabilidad personal de quien lo efectué en violación al requisito indicado.-
Art.10º.- ESTABLECESE la obligación de realizar por lo menos una (1) audiencia Pública para consultar la opinión de los interesados en la implementación del Planeamiento Estratégico y los Proyectos de Inversión antes mencionados.-
Art.11º.- DENOMINASE a la presente Ordenanza
“PLAN CURUZU CUATIA SIGLO XXI” imponiéndose como plazo máximo e improrrogable para cumplimentar la totalidad de la misma el día 30 de Octubre de 1999, presentándose públicamente los resultados como parte de los festejos del día 16 de Noviembre del mismo año.-
Art.12º.-COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Diciembre 3 de 1998.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-