Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1686

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º.-  ESTABLECER como mano única de circulación en calle las Heras, entre Caá Guazú y Berón de Astrada, de Norte a sur.-

Art.2º.-   EL D.E colocara carteles con la leyenda “PROHIBIDO GIRAR A LA IZQUIERDA” en calle las Heras y Berón de Astrada con frente hacia el norte, en la esquina de calle tarrago Ros y Berón de Astrada, con frente hacia el sur, y en la intersección de calle Berón de Astrada y Soler con frente hacia el oeste.- 

Art.3º.-  EL ACCESO desde Berón de Astrada al Parque Mitre, se podrá efectuar en la intersección con calle las Heras desde el este y el oeste, efectuándose la construcción del parterre y a la demarcación conforme con el croquis adjunto que integra la presente Ordenanza como “Anexo Y”.

 

Art. 4°.- LAS MODIFICACIONES  establecidas entraran en vigencia a partir del 1 de junio de 1999, debiéndose realizar al efecto la publicidad perminente enviándose copia de la presente a los medios de comunicación.-

               Art. 5°.- COMUNIQUESE  al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

SALA DE SESIONES DEL HCD. 6 de mayo de 1999.-

 

 

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-