ORDENANZA Nº 1710
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- ADHERIR a las leyes NACIONALES N°25.080 Y PROVINCIAL N° 5340 de PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FORESTAL.-
Art.2º.- LA AUTORIDAD de aplicación de la presente Ordenanza será la SECRETARIA DE LA PRODUCCION Y DESARROLLO HUMANO de la MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA.-
Art.3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. Julio 29 de 1999.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-