Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 1785

 

VISTO:

 

La Ordenanza Nº 1777/2000 y la situación de emergencia económico -social que afecta a la provincia de Corrientes y especialmente a la ciudad de CURUZU CUATIA, evidenciándose la misma en los elevados índices de desocupación y subocupación;

 

CONSIDERANDO:

Que los planes nacionales de empleo transitorio han disminuido notablemente, haciendo imposible a la MUNICIPALIDAD hacerse cargo en esta coyuntura de cubrir los puestos mínimos de trabajo en tareas comunales, entidades provinciales y organizaciones no gubernamentales con el sistema tradicional de empleo público municipal;

Que hasta tanto se implementen nuevamente los planes nacionales, es necesario financiar con fondos municipales operatorios similares y basadas en el mismo marco legal general;

 

 

POR ELLO

EL COMISIONADO INTERVENTOR MUNICIPAL DE CURUZU CUATIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

ARTICULO 1: CREASE el “PROGRAMA MUNICIPAL DE EMERGENCIA LABORAL " (PROMUNI) consistente en el otorgamiento de ayudas económicas no remunerativas a personas en situación de desempleo condicionadas al cumplimiento de tareas comunitarias o sociales, con los mismos requisitos y características de los PLANES NACIONALES "TRABAJAR”, “SERVICIOS COMUNITARIOS” y aquéllos que los sustituyan; cuya normativa completa integra la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO 2: Las ayudas económicas indicadas podrán expresarse básicamente en tres formas:

  1. PROLONGACION DE JORNADA: A fin de completar la diferencia en la extensión de la jornada de trabajo legal normal (8 horas por día y 48 semanales) y la propia de los PLANES indicados (6 horas por día o 30 semanales).-
  2. ASIGNACION MENSUAL: Corresponde el otorgamiento de $ 150 (PESOS CIENTO CINCUENTA) por jornadas de 6 horas diarias, cinco días a la semana.
  3. REEMPLAZOS Y OMISIONES: Corresponde al otorgamiento de asignaciones equivalente a los PLANES en los cuales determinados beneficiarios no perciban los montos pertinentes por retardos o inconvenientes de índole administrativo, debiendo recuperar posteriormente los adelantos efectuados por estos conceptos.-

 

ARTÍCULO 3: Los beneficiarios serán elegidos por las instituciones destinatarias y en el caso de actividades municipales se dará prioridad a jefes de familia que hayan sido desvinculados de la MUNICIPALIDAD por razones económicas o por finalización de planes nacionales anteriores.-

 

ARTICULO 4: Crease la PARTIDA de EGRESOS  2.1.5.1.7.- " PROGRAMA

MUNICIPAL DE EMERGENCIA LABORAL" $ 50.000 (Pesos cincuenta mil) en el PRESUPUESTO del D.E.M. del 2000, donde serán Imputados los importes que se abonen por aplicación de la presente Ordenanza.

 

ARTICULO 5: Disminuir la siguiente   PARTIDA DE EGRESOS 2.1.2.4 "ORDENANZA No 1409/96" $ 50,000 (Pesos cincuenta mil) en el PRESUPUESTO del D.E.M. del 2000.-

 

ARTICULO 6: COMUNIQUESE, regístrese y archívese.-

 

 

CURUZU CUATIA, 16 de febrero de 2000.-