ORDENANZA Nº 1785
VISTO:
La Ordenanza Nº 1777/2000 y la situación de emergencia económico -social que afecta a la provincia de Corrientes y especialmente a la ciudad de CURUZU CUATIA, evidenciándose la misma en los elevados índices de desocupación y subocupación;
CONSIDERANDO:
Que los planes nacionales de empleo transitorio han disminuido notablemente, haciendo imposible a la MUNICIPALIDAD hacerse cargo en esta coyuntura de cubrir los puestos mínimos de trabajo en tareas comunales, entidades provinciales y organizaciones no gubernamentales con el sistema tradicional de empleo público municipal;
Que hasta tanto se implementen nuevamente los planes nacionales, es necesario financiar con fondos municipales operatorios similares y basadas en el mismo marco legal general;
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR MUNICIPAL DE CURUZU CUATIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1: CREASE el “PROGRAMA MUNICIPAL DE EMERGENCIA LABORAL " (PROMUNI) consistente en el otorgamiento de ayudas económicas no remunerativas a personas en situación de desempleo condicionadas al cumplimiento de tareas comunitarias o sociales, con los mismos requisitos y características de los PLANES NACIONALES "TRABAJAR”, “SERVICIOS COMUNITARIOS” y aquéllos que los sustituyan; cuya normativa completa integra la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2: Las ayudas económicas indicadas podrán expresarse básicamente en tres formas:
ARTÍCULO 3: Los beneficiarios serán elegidos por las instituciones destinatarias y en el caso de actividades municipales se dará prioridad a jefes de familia que hayan sido desvinculados de la MUNICIPALIDAD por razones económicas o por finalización de planes nacionales anteriores.-
ARTICULO 4: Crease la PARTIDA de EGRESOS 2.1.5.1.7.- " PROGRAMA
MUNICIPAL DE EMERGENCIA LABORAL" $ 50.000 (Pesos cincuenta mil) en el PRESUPUESTO del D.E.M. del 2000, donde serán Imputados los importes que se abonen por aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5: Disminuir la siguiente PARTIDA DE EGRESOS 2.1.2.4 "ORDENANZA No 1409/96" $ 50,000 (Pesos cincuenta mil) en el PRESUPUESTO del D.E.M. del 2000.-
ARTICULO 6: COMUNIQUESE, regístrese y archívese.-
CURUZU CUATIA, 16 de febrero de 2000.-