Escudo Curuzu Cuatia


Ordenanza N°1787

 

VISTO:

 

La solicitud presentada por la Asociación Cooperadora de la Clínica Integral del Discapacitado y Centro de Día "Manos Abiertas"; y

 

CONSIDERANDO:

Que la misma se refiere al otorga­miento del cobro de Estacionamiento Medido, según los términos de la Ordenanza N° 1552 y Resolución Reglamentaria N° 177/98 y Ordenanza Modificatoria N°1676.

Que las cuadras de B. de Astrada entre Rodríguez Peña y Lonardi-Posadas se encuentran sin adjudicatario por revocación de la concesión al Jardín Maternal "Mitaí Porá" efectuada por Ordenanza N°1.782.-

Que este D.E. cree conveniente otorgar a la mencionada Cooperadora, la concesión del Estacionamiento Medido en las cuadras mencionadas.

 

POR       ELLO

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE CURUZU CUATIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1°.- ADJUDICAR la concesión del Sistema de Estacionamiento Medido y Control de Tránsito, por el plazo de tres (3) meses desde la firma del Convenio respectivo, conforme a la Ordenanza N° 1.552 y Resolución Reglamentaria N°   177/87 y Ordenanza modificatoria N° 1.676, a la ASOCIACION COOPERADORA DE LA CLINICA INTEGRAL DEL DISCAPACITADO Y CENTRO DE DIA "MANOS ABIERTAS".

 

Art.2°.-LA disposición del Art.1° comprenderá la calle Berón de Astrada entre Rodríguez Pena y Posadas-Lonardi.-

 

Art.3°.-EL D.E podrá prorrogar el plazo de concesión dispuesto en el Art. 1° por otros tres (3) meses.-

 

Art.4°.- PASE a la Secretaría de Economía y Finanzas, Dirección de Tránsito y Tribunal de Faltas, a sus efectos.-

 

 

Art.5°.-COMUNIQUESE, publíquese, regístrese y archívese.-

 

CURUZU CUATIA, 22 FEB 2000.