ORDENANZA N° 1802
VISTO:
El Art. 1 del Decreto-Ley Provincial N° 22 (B.O. 10/04/2000), el Art. 155, el cuarto párrafo del Art. 157 de la C.O.M., las Ordenanzas N° 1381/96, 1409/97, 1410/97, 1439/97, 1442/97 1480/97, 1573/98, 1633/98, 1760/99 y 1777/00, las Resoluciones (D.E.M.) N° 29/97, 30/97, 31/97, 40/97, 331/97, 24/99, 25/00 y 29/00 y
CONSIDERANDO:
Que se continúa el proceso de normalizar el sistema remunerativo municipal, conforme al plan de saneamiento implementado a partir de la Ordenanza N°1777/00.
Que es voluntad del Comisionado Interventor Municipal, adecuar el régimen vigente, en concordancia con las modificaciones adoptadas por el Superior Gobierno de la Provincia.
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR EN ACUERDO DE SECRETARIOS
RESUELVE CON FUERZA DE ORDENANZA
ART.1: DEROGANSE a partir del 1 de abril de 2000 la totalidad de las normas municipales que establezcan conceptos no remunerativos para los agentes municipales en actividad.-
ART.2: FIJASE la remuneración máxima del Escalafón Municipal que corresponde a la jerarquía de Secretario (Clase 25), en la suma de $ 869,70 (PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 70/100) a partir del día 01 de abril de 2000.
ART.3: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
CURUZU CUATIA, 08 MAY 2000