Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 1811

 

 

VISTO:

 

Los artículos 165, 173 y concordantes de la Carta Orgánica Municipal referido al sistema presupuestario comunal;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 165 indica al presupuesto por PROGRAMA como el que adoptará la MUNICIPALIDAD, con la técnica de presupuestación denominada base cero u otra similar;

Que los artículos 166 y concordantes de la misma C.O.M. se refieren a un plan de cuentas compatible con un sistema de contabilidad adecuado;

Que el actual sistema debe ser modificado totalmente para cumplir con la presupuestación por PROGRAMAS, debiendo para ello previamente dictarse una ORDENANZA DE CONTABILIDAD MUNICIPAL que propenda a tal objetivo, por lo cual debe posponerse la implementación del sistema indicado en el art. 165 hasta tanto se sancione la misma:

Que de acuerdo al artículo 7 de la C.O.M. que fomenta la participación real efectiva de los vecinos en el gobierno municipal, es procedente lograr dicha actuación en la confección del presupuesto, herramienta básica de planificación local;

 

POR ELLO

EL COMISIONADO INTERVENTOR EN ACUERDO DE SECRETARIOS

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

ARTICULO 1: DECLARAR la necesidad de sancionar el REGIMEN DE CONTABILIDAD MUNICIPAL a los efectos de aplicar la técnica presupuestarla por programas prevista en el artículo 165 de la CARTA ORGANICA MUNICIPAL.-

 

ARTÍCULO 2: ESTABLECER que hasta el día 31 de JULIO de cada año se deberán recepcionar las propuestas de las comisiones, agrupaciones, uniones, del CONSEJO ECONOMICO SOCIAL (Ordenanza 1777/2000) y de vecinos en general para la confección del PRESUPUESTO DE LA MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA, de conformidad a lo previsto por el artículo 173 de la CARTA ORGANICA MUNICIPAL.-

 

ARTICULO 3: COMUNIQUESE, regístrese y archívese.

 

Curuzú Cuatiá 5 de junio de 2000.