Escudo Curuzu Cuatia


Ordenanza Nº 1825

 

VISTO:

 

El funcionamiento de un pre-taller de panadería en la Escuela Especial Nº 7 “Dr. Juan Palestra”, y

 

CONSIDERANDO:

    

Que en el mismo desarrollan sus actividades los alumnos concurrentes a ella.-

Que por ello, las autoridades del menciona­do establecimiento solicitan la provisión sin cargo de las Libretas Sanitarias.

 

POR ELLO

EL COMISIONADO INTERVENTOR EN ACUERDO UE SECRETARIOS

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º.- OTORGUESE sin cargo de tasas correspondientes, hasta un máximo de 15 (quince) Libretas Sanitarias, a alumnos de la Escuela Especial Nº 7 "Dr. Juan Balestra", de acuerdo a la lista presentada por la Directora de dicho Establecimiento"

 

Art.2º.-LA responsable de la Escuela deberá notificar cualquier modificación con respecto a los adjudicatarios del beneficio, a fin de proceder a la cancelación y/o nuevo otorgamiento.-

 

Art.3º.- PASE a contaduría y bromatología para su conocimiento y demás efecto.

 

Art.4o.-COMUNIQUESE, publíquese, regístrese y archívese.-

 

CURUZU CUATIA,  31 JUL 2000