ORDENANAZA Nº 1827
VISTO:
La solicitud presentada por el Instituto de Administración de Empresas Agropecuarias; y
CONSIDERANDO:
Que la misma se refiere a la condonación y eximisión de tasas de Servicios Generales, del inmueble que ocupan, propiedad de Beláustegui Hnos.-
Que siendo el mencionado inmueble, de utilización excluyente y exclusiva para la educación superior universitaria, y dada la situación económica de la Provincia, no le son abonados los alquileres correspondientes.-
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR EN ACUERDO DE SECRETARIOS
RESUELVE CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.-CONDONAR la deuda que por tasas municipales mantiene la propiedad sita en Rivadavia 886, propiedad de Beláustegui Hnos., Cuenta Nº 4474-0020619.-
Art.2°.-EXIMIR del pago de tasas de Servicios Generales, hasta Diciembre de 2000, a la misma propiedad citada en el Artículo 1º de la presente.
Art.3º.-PASE a Contaduría para su conocimiento y demás efectos.-
Art.4°.-COMUNIQUESE, publíquese, regístrese y archívese.
CURUZU CUATIA 04 AGO 2000