Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 1847 VISTO: La solicitud de la BIBLIOTECA CUATIA RENDA de ampliar la donación oportunamente efectuada; CONSIDERANDO: Que se trata de complementar con un espacio adicional el predio actualmente ocupado por el edificio recientemente inaugurado, no afectando la unidad de las edificaciones del " Ex Club Esparta "que continúan de propiedad municipal; POR ELLO EL COMISIONADO INTERVENTOR EN ACUERDO DE SECRETARIOS SANCION CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1: DONASE a la BIBLIOTECA POPULAR "CUATIA RENDA” con la finalidad de ocuparlo para las tareas específicas y de extensión de la institución, una fracción de terreno municipal ubicado en la Manzana No 80, sobre calle Don Bosco entre las de Rivadavia y Belgrano, Adrema El-3033-1, que mide quince (15) metros de frente al Norte sobre calle Don Bosco e igual contra frente, por veinticuatro (24) metros, noventa y dos (92) centímetros de fondo y contra fondo.- ARTÍCULO 2: La fracción donada por la presente, será unificada al efecto de su escrituración, con la fracción donada oportunamente por Ordenanza No 1376.- ARTICULO 3: El incumplimiento del cargo establecido en el artículo 1 de la presente, provocará la revocación automática de la donación, sin otro requerimiento que la notificación por medio fehaciente que el D.E.M., cursará a la donataria quedando entendido que el D.E., sin necesidad de ningún otro trámite, judicial o extrajudicial, quedará facultado para recobrar la posesión del predio con todo lo clavado y edificado, sin deber por ello la MUNICIPALIDAD DE CURUZU CUATIA ningún tipo de indemnización. ARTÍCULO 4: COMUNIQUESE, regístrese, archívese.- CURUZU CUATIA, 14 de Noviembre 2000.