ORDENANZA Nº 1875
VISTO:
La existencia de vacantes en el plantel básico municipal;
CONSIDERANDO:
Que hay agentes de planta transitoria que revistan hace más de ocho años en la MUNICIPALIDAD contando con buenos antecedentes de desempeño en sus respectivas funciones;
Que por el tiempo transcurrido se hace evidente la necesidad de su labor en el área respectiva;
Quien es preciso dar estabilidad al trabajador municipal en estos casos, cumpliendo con las normas básicas de protección prevista tanto en la Constitución Nacional (art. 14 BIS), como en la Ordenanza N° 610 (estatuto del empleado municipal);
POR ELLO
COMISIONADO INTERVENTOR MUNICIPAL
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ART. 1: INCORPORAR a la PLANTA PERMANENTE de la MUNICIPALIDAD (art.6 inc. a) Ordenanza n° 610/89) a partir del 1 de enero de 2001 a los siguientes agentes, ambos en CATEGORIA SERVICIOS DE MAESTRANZA DIFERENCIADOS (art. 231 inc. a) Ord. 610) en CLASE 05:
ART. 2: PASE a secretaria de Hacienda, Subdirección de Personal y Notifíquese personalmente a los agentes.-
ART. 3: COMUNIQUESE regístrese y archívese -
CURUZU CUATIA, 05 de Enero de 2001.-