ORDENANZA N° 1878
VISTO:
El Decreto-Ley N° 30/ 2000 de la INTERVENCIÓN FEDERAL de la Provincia de Corrientes;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Decreto-ley modifica la normativa vigente respecto del SEGURO DE VIDA obligatorio;
Que es procedente conforme el artículo 11 adherir al mismo a los efectos de incorporarlo al marco local;
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR MUNICIPALIDAD EN ACUERDO DE SECRETARIOS
RESUELVE CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: ADHERIR al Decreto-Ley N° 30/2000 de la INTERVENCION FEDERAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES referido a la normativa vigente sobre el SEGURO DE VIDA COLECTIVO para el personal público.-
ARTICULO 2: DISPONER se tomen las medidas pertinentes para implementar en el ámbito municipal las reformas introducidas en el régimen mencionado.-
ARTICULO 3: COMUNIQUESE, regístrese y archívese.-
CURUZU CUATIA, 24 DE ENERO DE 2001