ORDENANZA N° 1888
VISTO
El Decreto Provincial N° 337/99, ratificado por el igual N° 1998/2000;
y CONSIDERANDO: Que por el primero de los nombrados la Provincia declara de Interés Público la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACION, HOGARES y Viviendas ratificando, con el segundo, dicha medida con las reformas pertinentes. Que mediante el Art. 18° del Decreto Provincial N° 337/99, ratificando por el N° 1998/2000, "...invita a los Municipios de la Provincia como parte integrante del Sistema Estadístico Provincial (S.E.P.) a adherir las disposiciones del presente…”
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTRO EN ACUERDO DE SECRETARIOS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1o.- ADHERIR al Decreto Provincial N° 337/99, ratificado por el N° 1998/2000, declarando de interés Público en el ámbito del departamento de Curuzú Cuatiá, la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACION, HOGARES Y VIVIENDAS DEL ANO 2001.-
Art.2o.-COMUNIQUESE, publíquese, regístrese y archívese.-
Curuzú Cuatiá 28 de febrero de 2001.-