ORDENANZA N°1980
EL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA
CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Art.1°.-DONAR al Instituto
de Vivienda de Corrientes el inmueble ubicado en la Manzana N° 54 de la
Planta Urbana de la ciudad de Curuzú Cuatiá, Fichas Adremas de la Dirección General de Catastro de la Provincia de Corrientes
E1-604-1 y E1-601-1 calle Gobernador Gómez entre las de Castelli y Abigail
Pintos, adquirido por esta Municipalidad de Curuzú Cuatiá en autos
"MUNICIPALIDAD DE CURUZÚ CUATIÁ C/SUCESORES DE MARTIN BARZABAL Y/O QUIEN
RESULTE RESPONSABLE S/APREMIO" Expte. N° 6402/98 que
se tramitan por ante el Juzgado Civil y Comercial de Curuzú Cuatiá (Ctes.), sito en calle Berón de Astrada N°
931, a
cargo de la Dra. M.A.S. Portillo
de Recalde, Secretaría a cargo de la Dra. Mirna
G. Ferreira de Izquierdo, con cargo a la construcción de un Complejo
Habitacional, según Croquis de Localización Urbana, obrante en el Expte. N° 900-05-02-577/02 del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos -Instituto de Vivienda de Corrientes.-
Art.2°.-SI EN EL TERMINO
de dos años no se diera inicio a las obras, la donación quedará sin efecto y el
dominio se revertirá nuevamente al patrimonio municipal.
Art.3°.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y
archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D.
Curuzú Cuatiá, CORRIENTES, 21
de MARZO de 2002-