ORDENANZA N° 2032
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Art 1 -ADHERIR AL" REGIMEN DE PROMOCION DE INVERSIONES”
Art.2 - CONCEDER los siguientes beneficios con carácter genera! para todos los emprendimientos comprendidos en la Ley N° 5.470, sin perjuicio de aquellos que se establezcan en forma particular para cada uno de ellos según su naturaleza, dimensión e impacto económico laboral:
DISMINUCIÓN del 50% (CINCUENTA POR CIENTO), del IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y SUBRURAL que corresponda abonar por la superficie efectivamente ocupada por el nuevo proyecto o la ampliación de inversiones y las zonas de impacto directo e indirecto que deban ser afectadas.-
Art 3 -LAS INVERSIONES comprendidas en el presente régimen tendrán una estabilidad fiscal municipal por el término de DIEZ (10) años, contados a partir de la aprobación de proyecto correspondiente.-
Art.4 - DESIGNASE a la SECRETARIA DE LA PRODUCCIÓN Y DESARROLLO HUMANO de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, o el organismo que la reemplace, como autoridad de aplicación comuna! del presente régimen.-
Art. 5 - COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D.
CURUZU CUATIA, CORRIENTES, 5 de Diciembre de 2002-