ORDENANZA N° 2053
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1o - DELIMITENSE, según las normas vigentes, las sendas peatonales en la intersección conformada por las calles Berón de Astrada, Tarragó Ros. Las Heras y la Avenida Ejército (acceso al Parque Mitre)
Art. 2° - HABILITESE el semáforo existente en la confluencia de las arterias antes enumeradas.
Art. 3o - DELIMÍTENSE, según ¡as normas vigentes, ias sendas peatonales de las cuatro esquinas que rodean la plaza Gral., Belgrano.
Art. 4o - EL GASTO que demande la presente se imputará a la Partida 2.1.3.5. MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN del Presupuesto del D. E. En vigencia.
Art. 5o - COMUNIQUESE AL D. E., regístrese, publíquese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H. C. D.
CURUZU CUATSA, CORRIENTES, 12 de Junio de 2.003.-