ORDENANZA N° 2108
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art 1o - MODIFIQUESE el Art. 43 inc. 5) del Título VI de la Ordenanza N° 1192 REGLAMENTO INTERNO, al que se le agregará lo siguiente: "Y DE LA MICRO REGION".-
Art. 2o- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H. C. D., 11 de marzo de 2004.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-