ORDENANZA N° 2112
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1o - REVOCAR la clonación del terreno descripto en el art. 1o de la Ordenanza 1278/95 realizada a la Asociación Evangélica "EL BUEN SAMARITANO" por incumplimiento de los cargos impuestos en la misma Ordenanza.
Art. 2o- AUTORIZAR al D.E. a realizar todas las medidas materiales y jurídicas a los efectos de cumplimentar la revocación dispuesta en el artículo 1o.-
Art. 3° -COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H. C. D., 25 de marzo de 2004.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-