ORDENANZA N° 2141
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1o.- EXIMIR del pago de los derechos previstos para la inhumación, exhumación, traslado, introducción y reducción de restos; aperturas, cierres y arrendamiento de nichos en el CEMENTERIO MUNICIPAL "NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS DE CURUZU CUATIA" a los agentes municipales de planta permanente, cónyuge e hijos; incluyendo los convivientes de hecho en aparente matrimonio con las condiciones previstas en las leyes previsionales provinciales.
Art.2°.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H. C. D., 8 de julio de 2004.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-