Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 2293

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

 

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.1°.- MODIFICAR el artículo 4o de la Ordenanza N° 2280 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

"Art. 4°.- Los camiones de transporte de carga pesada que ingresen a la ciudad dentro de los siguientes horarios de 6 a 9 y de 13 a 17 hs., salvo casos excepcionales debidamente justificados y autorizados por autoridad competente, serán acompañados obligatoriamente por un personal del Cuerpo de Auxiliares de Tránsito, cuya tarea se limitará a:

  1. Acompañar al vehículo indicando las arterias por las que debe desplazarse;
  2. Requerir la presencia de un Inspector de Tránsito para el caso de que no se cumpliera con las indicaciones realizadas;
  3. Ordenar el tránsito durante el recorrido y destino;
  4. Acompañar al vehículo hasta el egreso del mismo de la Ciudad."

 

Art. 2°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 01 de setiembre de 2005.-

 

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