ORDENANZA N° 2318
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1o.- Modificar la Ordenanza N° 961/02 "Fiscal y Tarifaria" y normas complementarias, incrementando la totalidad de los derechos, tasas y contribuciones previstos en el Código Tributario Municipal (Ord. N° 178/84), con la excepción de las tasas previstas en los Arts. 8; 52 y 54 de la Ord. N° 961/02, en un quince por ciento (15%) a partir del 1o de enero de 2006 y en un (diez por ciento) 10% a partir del 1o de julio de 2006.-
Art. 2°.- Modificar el art. 8 de la Ordenanza N° 961/02 "Fiscal y Tarifaria" y normas complementarias, incrementando a partir del 1o de enero de 2006 en un cincuenta por ciento (50%) los valores establecidos para la HABILITACIÓN Y LICENCIA COMERCIAL.-
Art. 3°.- Modificar el artículo 52 de la Ordenanza N° 961/02 "Fiscal y Tarifaria", incrementando la TASA DE MANTENIMIENTO DE CALLES estableciendo los siguientes valores, a partir del 1o de enero de 2006.-
ZONA "A"...................................... $ 4.- por mes
ZONA "B"...................................... $ 2.- por mes
ZONA "C"...................................... $ 1.-por mes
ZONA "D"..................................... $ 0.50.- por mes
Art 4°.- El incremento de recaudación producto de la presente Ordenanza será aplicado prioritariamente al PLAN DE PAVIMENTACION URBANA previsto en la Ordenanza N° 2153 y normas complementarias.-
Art. 5°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 21 de noviembre de 2005.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES