ORDENANZA N° 2334
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
Art.1°.- OTORGAR un descuento del diez por ciento (10 %) del importe total anual del Impuesto a los Automotores y otros rodados, a los contribuyentes que paguen por cada dominio, el importe total anual correspondiente al año que se encuentre en vigencia, antes del vencimiento general establecido para el Anticipo del mismo año, en condiciones de contado y en una sola vez, en la medida que al 31 de diciembre del año inmediato anterior no hayan registrado deudas en dicho concepto.
Aquellos contribuyentes que hubieren abonado el 1er. Anticipo del año 2006, quedan comprendidos dentro del presente beneficio, por pago de contado en las condiciones ut-supra.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 02 de marzo de 2006.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-