Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 2346

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.1°.- AGREGAR como artículo 6o de la Ordenanza N° 2316/05 el siguiente:

 

"Art. 6°.- "Para el caso de los colectivos y ómnibus de media y larga distancia que se detienen en la Terminal de ómnibus para ascenso y descenso de pasajeros se permitirá una tolerancia de diez minutos para la aplicación de la prohibición establecida en el artículo primero de la presente Ordenanza."

 

Art.2°.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 20 de abril de 2006.-CURUZU CUATIA, CORRIENTES