ORDENANZA Nº 2444
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- DISPONER de conformidad a lo que establece el Art. 191 inciso b de la Carta Orgánica Municipal la Apertura del Registro Electoral para Extranjeros y del Padrón de Ciudadanos Extranjeros.
Art.2º.- El PADRON DE CIUDADANOS EXTRANJEROS deberá contener: nombres y apellidos completos, lugar de nacimiento, país de origen, documento de identidad DNI de extranjeros, domicilio, profesión y específicamente el tiempo de residencia en el país, debiendo dividirse el Padrón por sexo.
Art. 3º.- La recepción de las solicitudes de inscripción en el Padrón de marras, estará a cargo de la Secretaria del H.C.D. y serán base del registro, los padrones confeccionados para las elecciones municipales del año 2005, las mismas deberán ser elevadas en el plazo de ley a la Junta Electoral Permanente de la Provincia.
Art.4·. COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 05 de Julio de 2007.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES