Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA Nº 2608

 

 

 

 

 

 

 

 

 


ORDENANZA Nº 2608

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

 

Art.1º.- Disponer de conformidad a lo que establece el artículo 191 inciso b) de la Carta Orgánica Municipal la Apertura del Registro Electoral para Extranjeros y del Padrón de ciudadanos Extranjeros.

              

 

Art.2º.- EL PADRON DE CIUDADANOS EXTRANJEROS deberá contener: nombres y apellidos completos, lugar de nacimiento, país de origen, documento de identidad, DNI de extranjeros, domicilio, profesión y específicamente el tiempo de residencia en el país, debiendo dividirse el Padrón por sexo.

 

Art. 3º.- La recepción de las solicitudes de inscripción en el Padrón de marras, estará a cargo de la Secretaría del H.C.D y serán base del registro, los padrones confeccionados para las elecciones municipales del año 2007, las mismas deberán ser elevadas en el plazo de ley a la Junta Electoral Permanente de la Provincia.

 

Art. 4º.-  COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D.,  02 de Julio  de 2009.-

 

CURUZU CUATIA,  CORRIENTES