ORDENANZA Nº 2611
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICAR el artículo 4º de la Ordenanza Nº 2427, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 4º: Incorporar como art. 164 Bis del Código Municipal de Faltas (Ordenanza 105) el siguiente: "Circular en ciclomotor, moto o similares, de cualquier cilindrada y tamaño, sin llevar el casco de protección normalizado colocado, corresponderá:
Primera infracción: Se aplicará el art. 7º del Código Municipal de Faltas, para el infractor primario.
Segunda infracción: Multa de 50 litros nafta común.
Tercera infracción en adelante: la multa se duplicará progresivamente."
Art.2º.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 06 de Agosto de 2009.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES