ORDENANZA Nº 2617
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.-Autorizar a los Sres. FEDERICO DEBONA, DNI 30.358.363 y JUAN RAPETTI, DNI 29.170.781, en representación de la Comisión Curuzucuateña de Karting el uso del terreno de propiedad municipal ubicado en el ejido Oeste de la ciudad de Curuzú Cuatiá, de la Primera Sección: Manzana 404, constante de 92,68, mts. al Norte y 92,07 mts. al Sur por 94 mts. al Este y Oeste, lo que encierra una superficie de 8.683,25 mts, lindando al Norte, al sur, al Este y al Oeste con calles públicas. Manzana 408, constante de 91,08 mts. al Norte y 91,37 mts. al sur, por 94 mts. al Este e igual medida al Oeste, lo que encierra la superficie de 8.617,45 mts. lindando al Norte, al Sur, al Este y al Oeste con calle públicas. Y Manzana 412, que mide 91,27 mts. al Norte y 90,64 mts. al Sur por 96,64 mts. al Este y 97,30 mts. al Oeste, con una superficie de 8.819,49 mts. lindando al Norte, Sur Este y Oeste con calles Públicas, con destino a la construcción de un Kartódromo.
Art.2º.-El plazo de la presente autorización será de dos (2) años, prorrogable por periodos anuales.
Art.3º.-Será una carga de la Comisión al mantener el inmueble libre de malezas y cercado.
Art.4º.-EL D.E. deberá redactar un reglamento de uso al que estará sujeto la explotación del predio. Previa a la entrada en uso la Comisión deberá aceptar el Reglamento de marras.
Art.5º.-A los efectos de la realización de las competencias deberán contratar los seguros correspondientes por lo que la municipalidad no será responsable de los accidentes o daños que puedan ocurrir a terceros o a las propiedades de los mismos.-
Art.6º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 24 de septiembre de 2009.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES