ORDENANZA Nº 2652
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
Art.1º.- EL D.E para tercerizar cualquier servicio público deberá enviar al HCD para su tratamiento el proyecto correspondiente, Art. 48 inc. 26 de la Carta Orgánica Municipal.
Art.2º.- NO se reconocerá el pago de ningún tipo de factura en concepto de servicios públicos cuya tercerización no fuera aprobada por este HCD.
Art.3º.-COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 28 de Diciembre de 2009.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES