ORDENANZA Nº 2710
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
Art.1º.- ESTABLECER la obligatoriedad que en las distintas plazas, lugares recreativos y de esparcimiento que cuenten con juegos para niños, como mínimo se coloque un juego en cada lugar para personas con capacidades diferentes que se adjunta a manera ilustrativa como anexo I de la presente ordenanza.
Art.2º.- EL GASTO que demande la construcción o compra de los juegos se impute a la siguiente partida del presupuesto vigente del DEM 2.1.5.5.
Art. 3º.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 23 de septiembre de 2010.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.