“A 200 AÑOS DE LA BATALLA DE SAN LORENZO Y EL SACRIFICIO HEROICO DEL SGTO CABRAL”
ORDENANZA Nº 2867
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- DECLARAR de interés estratégico del MUNICIPIO DE CURUZU CUATIA la necesidad de instalar un área de actividades económicas, parque industrial y tecnológico, a fin de concentrar y fomentar la instalación de empresas, nuevas o existentes, además de la generación de empleo y crecimiento económico.
Art. 2º.- ADHERIR al Decreto Nacional Nº 915/10 “PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS” y a la Ley Provincial Nº 6051 de conformidad con el artículo 5 de la misma, sus modificatorias y reglamentaciones.
Art. 3º.- FACULTAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a gestionar la obtención de apoyo técnico, suscribir convenios y trámites en general para concretar proyectos para el cumplimiento del objetivo indicado en el artículo 1 de la presente Ordenanza.
Art. 4º.- DEFINIR provisoriamente el predio propiedad del EJERCITO ARGENTINO, MINISTERIO DE DEFENSA o ESTADO NACIONAL, ubicado en el éjido Norte de la ciudad de CURUZU CUATIA, constante de 109 hectáreas donde estuviera ubicado en el ex Batallón Logístico III, como lugar de ubicación del parque industrial o centro de actividades económicas. A tal efecto podrá realizarse un anteproyecto y las respectivas gestiones para lograr la propiedad total o parcial del predio, la que deberá ser aprobada definitivamente por el HCD.
Art. 5º.- COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 04 de ABRIL de 2013.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.