“1839 - Año del 175º Aniversario de la Batalla de Pago Largo - 2014”
ORDENANZA Nº 2936
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.- 1º MODIFICAR el Art. 16º de la Ordenanza Nº 1246 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art.16º.- El quebrantamiento de cualquiera de los supuestos previstos en el Art. 2º de la presente Ordenanza, hará pasible a los responsables, de una multa graduable, entre 50 a 200 litros de nafta, de acuerdo a las características y gravedad de la infracción, aplicándose el Código de Faltas Municipal.
En los casos en que se compruebe que los daños fueron producidos con dolo o culpa grave, la pena podrá extenderse a los autores a 350 litros de nafta,”
Art.- 2º COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 04 de septiembre de 2014.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES