“1839 - Año del 175º Aniversario de la Batalla de Pago Largo - 2014”
ORDENANZA Nº 2941
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- AUTORIZAR al Sr. Intendente Municipal la suscripción de un convenio con la Empresa Mauri con el objeto de proceder al traslado de la Planta Hormigonera ubicada en calle El Progreso y 29 de mayo y los galpones de depósito de la empresa constructora ubicado en barrios de INVICO.
Los terrenos sujetos al convenio serán destinados exclusivamente a planta de logística, transferencia de cargas, depósitos, planta hormigonera y actividades conexas al rubro corralón de materiales. No podrán realizarse loteos, urbanizaciones ni construir viviendas o inmuebles de uso social.
Art.2º.- AUTORIZAR al DEM la transmisión onerosa a favor de la Empresa Mauri del inmueble municipal que se detalla a continuación: “ubicado en el Ejido Oeste de esta ciudad de Curuzú Cuatiá identificado como parte del lote Nº 5 del Plano de Mensura Nº 7195-L practicado por el Agrimensor Eduardo E. Robaina aprobado el 30 de septiembre de 2013 dentro de los siguientes linderos al Sur prolongación de calle Chiclana, al Oeste Ruta Nacional Nº 119, al Este prolongación de calle pública (intransitable) al Norte más terreno del lote Nº 5 que se reserva la Municipalidad de Curuzú Cuatiá.
Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matrícula 10.041 año 2013. Adrema E1-1978-2
Se autoriza a enajenar un terreno de 3 ha. como mínimo y 8 ha. como máximo, a un precio equivalente al promedio del precio de plaza de la hectárea de chacra sub urbana.
Art. 3º.- SE PODRAN IMPONER los siguientes cargos en el contrato que se celebre para el cumplimiento de lo establecido en el art. 2º:
Art.- 4º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 16 de OCTUBRE de 2014.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES