Escudo Curuzu Cuatia

“Curuzú Cuatiá, Cuna Argentina de los Derechos Humanos”


ORDENANZA Nº 2960

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 

DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º.-  Establecer la "Semana de la Mujer Curuzucuateña" que tendrá el carácter de adhesión de la Municipalidad de la Ciudad de Curuzú Cuatiá al Día Internacional de la Mujer, instituido por las Naciones Unidas, a celebrarse el 8 de marzo de cada año,.-

Art. 2º.-  La Semana de la Mujer Curuzucuateña  se desarrolla entre el 08 y 15 de marzo de cada año.-

Art. 3º.- Créase una Comisión compuesta por un miembro del área de Cultura de la Municipalidad, una concejal integrante de cada bloque del Honorable Concejo Deliberante y mujeres representantes de instituciones curuzucuateñas; quienes tendrán a su cargo la coordinación e implementación de las actividades que se realizarán la Semana de la Mujer Curuzucuateña.

Art. 4º.-  Los actos a desarrollarse durante la semana mencionada consistirán en exposiciones plásticas realizadas por artistas curuzucuateñas; difusión de obras literarias de igual origen; conferencias y debates que tengan como temática la presencia de la Mujer en los distintos aspectos de la vida local y cualquier otra expresión cultural, deportiva, artística y/o actividad en la que se destaquen mujeres curuzucuateñas.

Art. 5º.-  La Comisión creada por el artículo 3ro. de la presente deberá elaborar un plan de labor y un programa de los actos y reuniones a realizarse durante la precitada semana, para lo cual invitará a todas las organizaciones femeninas política, sindicales, profesionales de la ciencia, el arte y la cultura del ámbito curuzucuateño, a colaborar en la mencionada programación.-

Art. 6º.-  La Semana de la Mujer Curuzucuateña tendrá su culminación en un acto que se llevará a cabo alternativamente cada año el día 15 de marzo en sede de la Municipalidad y del Concejo Deliberante; quedando su primera designación a cargo de la Comisión creada por el artículo 3ro.-

Art. 7º.-  En dicho acto se agasajará a las representantes femeninas de las entidades presentes con un reconocimiento en honor de la Mujer Curuzucuateña.-

Art. 8º.-  Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto del DEM.-

Art. 9º.-   COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL HCD. 12 de marzo de 2015.-

 

CURUZU CUATIA CORRIENTES.-