Escudo Curuzu Cuatia

“Curuzú Cuatiá, Cuna Argentina de los Derechos Humanos”


“Curuzú Cuatiá, Cuna Argentina de los Derechos Humanos”


ORDENANZA Nº 2972
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:


Art.1º.- Disponer de conformidad a lo que establece el artículo 191 inciso b) de la
Carta Orgánica Municipal la Apertura del Registro Electoral para
Extranjeros y del Padrón de ciudadanos Extranjeros.


Art.2º.- EL PADRON DE CIUDADANOS EXTRANJEROS deberá contener:
nombres y apellidos completos, lugar de nacimiento, país de origen,
documento de identidad, DNI de extranjeros, domicilio, profesión y
específicamente el tiempo de residencia en el país.


Art.3º.- Podrán inscribirse los ciudadanos extranjeros, mayores de dieciocho
años, que acrediten dos (2) años de residencia inmediata y efectiva en el
Municipio.


Art.4º.- La recepción de las solicitudes de inscripción en el Padrón de marras,
estará a cargo de la Secretaría del H.C.D y serán base del registro, los
padrones confeccionados para las elecciones municipales del año 2013,
las mismas deberán ser elevadas en el plazo de ley a la Junta Electoral
Permanente de la Provincia.

Art.5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HCD., 28 de mayo de 2015.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.