“1816-Bicentenario de la Independencia Argentina-2016”
ORDENANZA Nº 3038
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- INCORPORAR en forma permanente en la papelería oficial a utilizar en el Departamento Ejecutivo Municipal, como en el Honorable Concejo Deliberante, a partir del 1º de Enero de 2017 la siguiente leyenda debiéndose modificar el año que corresponda.
“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá Primer Pueblo Patrio-2017”
Ley Nacional Nº 27.315
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD. 15 de diciembre de 2016.-
CURUZU CUATIA CORRIENTES.-