“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2017” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3048
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- CREASE en el ámbito de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá el Registro Municipal de Organizaciones No Gubernamentales y Simples Asociaciones, que funcionará dentro del área que el DEM determine.
Art.2º.- El Registro Municipal de Organizaciones No Gubernamentales y Simples Asociaciones registrará a todas las organizaciones y asociaciones que tengan sede o delegación en la ciudad, cuyas funciones serán:
Art.3º.- El Registro Municipal podrá renovarse y actualizarse anualmente a instancia del DEM.
Art.4º.- Toda ONG que quiera ser beneficiaria de programas propios o administrados, subsidios o dación de cualquier tipo por parte de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá deberá estar inscripta en el Registro Municipal de Organizaciones No Gubernamentales a la fecha de la solicitud del beneficio.
Art.5º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 30 de marzo de 2017
CURUZU CUATIA CORRIENTES