“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2017” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3076
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- AFECTAR el espacio ubicado en la intersección de las calles Serradori y 16 de noviembre, vértice noroeste de la manzana 302, según croquis de ubicación que se agrega como Anexo I de la presente, para la construcción de garajes vehiculares, los que serán emplazados en el lugar que la Secretaría de Obras Públicas lo autorice.
Art.2º.- LA CONSTRUCCION de los garajes estarán a cargo de los vecinos peticionantes y los modelos y estructuras de los mismos estarán supervisados por la Secretaría de Obras Públicas.
Art- 3º.-COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 07 de septiembre de 2017
CURUZU CUATIA CORRIENTES